Por lo cual éste Tribunal de Control N° 5 del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la causa a favor del ciudadano ANGEL LISCANO TEDECHEA, titular de la Cédula de Identidad N° 12.286.844, por la comisión del delito CONTRA LAS PERSONAS (Lesiones Culposas), previsto y sancionado en el artículo 422 Ordinal 2° del Código Penal Venezolano Vigente. Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 318, Numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes, en la notificación al Fiscal del Ministerio Público, se debe indicar caso 22F3-1234/00 y cuyo imputado es ANGEL LISCANO TEDECHEA. Remítase la presente causa al Archivo Judicial en su oportunidad