Por todos los razonamientos anteriores, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la presente solicitud de Rectificación de Acta de Nacimiento de la niña IDENTIDAD OMITIDA, nacida el día 18 de diciembre de 2018, de cuatro (04) años de edad, signada con el Nº 3.892-16, de los libros de Nacimientos llevados por el Registro Civil de la Unidad Hospitalaria del Municipio San Felipe estado Yaracuy para el año 2019, en consecuencia se decreta: PRIMERO: SE ORDENA estampar la correspondiente nota marginal en el Acta de Nacimiento, signada con el Nº 3.892-16, de los libros de Nacimientos llevados por el Registro Civil de la Unidad Hospitalaria del Municipio San Felipe estado Yaracuy para el año 2019, en la que fue asentada de manera errónea .....