Revisadas las actas procesales que conforman a la presente causa, este Juzgador hace las siguientes consideraciones para decidirla:
En fecha 13 de Mayo de 2013, siendo la oportunidad fijada para llevar a efecto la audiencia preliminar en su fase de mediación, se constituyó este Juzgado presidido por la jueza abogada Abg. Anilec Silva Camacaro, como secretaria Abg. Felimar Ortega y el alguacil Juan Andrades. Se deja constancia de la no comparecencia de la ciudadana NILYAN AIZAS GARCÍA CAMPOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.337.762, residenciada en el Barrio Las Madres, calle 6, casa S/N, Municipio Independencia estado Yaracuy, ni por si ni por medio de apoderado judicial, parte demandante. Así mismo se deja constancia que compareció del ciudadano DIOVER ENRIQUE BRITO HERRERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 8.518.014, domicilio laboral en la 5ta avenida con esquina calle 30, establecimiento "ON LINE K31", fre.....