este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, por considerarlo necesario la solicitud de fijación de manera PROVISIONAL de un Régimen de Convivencia Familiar en beneficio de la niña (identidad omitida de conformidad con el articulo 65 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes) , de cinco (5) años de edad, estableciéndose para el padre ciudadano JOSE IVAN PEREZ SOSA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro 5.969.126 domiciliado en la Urb. La Teura, calle "f", casa f-03, Cabudare, estado Lara, el siguiente: el padre podrá buscar a su hija los días martes de cada semana desde las 11:45 de la mañana hora de salida del Colegio Los Ángeles, y regresándola a su hogar materno y entregándosela al ciud.....