En el caso de autos, la parte demandante decidió desistir del presente asunto, y cumplida como fue la notificación de la parte demandada, la misma compareció a dar el consentimiento, por lo que se ha cumplido los supuestos contenidos en la norma jurídica antes citada, corresponde entonces a ésta juzgadora aplicar la consecuencia jurídica establecida en la norma. En consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara: HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO del presente procedimiento, de DIVORCIO, incoado por el ciudadano "Datos omitidos", asistido por el abogado OMAR ANTONIO GONZALEZ PEREZ, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 68.080, en contra de la ciudadana "Datos omitidos", en consecuencia se declara la EXTINCIÓN de la INSTANCIA, de conformidad con lo establecido en el artí.....