Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud presentado por la Defensora Pública Primera el abogado YASNELA MARTINEZ LEAL, a petición del ciudadano AGUSTIN MARCEL DORANTE, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 11.275.493, en su condición de padre del niño IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ART. 65 DE LA LOPNNA, de 8 años de edad, quien contraerá matrimonio próximamente, y en consecuencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 110 del Código Civil, se designa CURADOR AD HOC del niño IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ART. 65 DE LA LOPNNA, de 8 años de edad, al ciudadano JUAN CARLOS VASQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 18.301.150.