En consecuencia, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy de conformidad con los artículos 126 literal "i", 128, 358 y 396 en concordancia con el artículo 466, Parágrafo Primero, literal "e" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y del Adolescente, ACUERDA la Colocación Familiar Provisional de los niños (IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNNA), de 7 años de edad, nacido el día 25/08/2011, (IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNNA), de 4 años de edad, nacido el día 11/07/2014 y (IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNNA), de 1 año de edad nacido el día 22/10/2017 respectivamente, bajo la responsabilidad de crianza de su abuela materna la ciudadana LIVIA DEL CARMEN SILVA DE PEREZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de id.....