este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA AUTORIZAR AMPLIA Y SUFICIENTEMENTE PARA TRAMITAR PASAPORTE VENEZOLANO al niño (IDENTIDAD OMITIDA SEGUNA RTICULO 65 DE LOPNNA), de 5 años de edad, nacido el día 3 de febrero del año 2008; a la ciudadana NEILA HERRERA FONSECA, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº 8.561.796, domiciliada en la Avenida Cedeño, con esquina Padre Pineda, frente al Colegio Andrés Bello; Municipio San Felipe del estado Yaracuy, en su condición de madre y representante .....