Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud, y en tal virtud, se acredita como ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO al adolescente Identidad Omitida, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA, del ciudadano PEDRO PABLO LOZANO CELY, quien en vida era venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 24.168.923, fallecido en fecha 29 de diciembre de 2021, dejando a salvo los derechos de terceros. ASÍ SE DECIDE.