Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA al niñoIDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ART. 65 DE LA LOPNNA, de 9 años de edad, como UNICO Y UNIVERSAL HEREDERO del causante LUIS JAVIER PADILLA SANCHEZ, quien en vida fuera, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 14.997.483, fallecido ab-intestato, en fecha quince (15) de febrero de 2013, en su condición de hijo respectivamente; sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.