este Tribunal actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor de la ciudadana JUANA ALBERTA PÉREZ DE GUTIÉRREZ, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad número V-4.480.394, sobre una bienhechuría construida en un área de terreno propiedad municipal, ubicada en Nuevo Marín sector II, transversal 7, Parroquia San Javier, Jurisdicción del Municipio San Felipe del estado Yaracuy