PRIMERO: SIN LUGAR la demanda de DIVORCIO, interpuesta por la ciudadana XIOMARA DEL VALLE PARRA, venezolana, mayor de edad, casada, titulara de la cédula de identidad Nº V-7.915.153, contra el ciudadano RAYMON EMILIO GÓMEZ MEDINA. SEGUNDO: Por aplicación de la tesis del divorcio-solución, DISUELTO EL VÍNCULO CONYUGAL contraído por los referidos ciudadanos, en fecha 26 de Diciembre del año 1997, por ante el Registro Civil del Municipio San Felipe, Estado Yaracuy, según acta Nº 252, del año 1997, llevada por ante el Registro respectivo, en los términos expuestos en la parte motiva del presente fallo, en virtud de haber quedado demostrado el interés simultaneo de ambas partes en querer que se disuelva el vinculo matrimonial existente por parte de ambos cónyuges conforme lo dispuesto en el artículo 185-A del Código Civil.