DECRETA las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO suficientes, para asegurar el derecho de propiedad, a favor de los ciudadanos GUTIÉRREZ DE PÉREZ LUCRECIA MARGARITA, SIERRA BAZAN DINORHA LISSETT, SIERRA BAZAN VICTOR JOSÉ, SIERRA BAZAN CESAR JOSÉ, SIERRA BAZAN MIRIAN JOSEFINA, GUTIÉRREZ BAZAN ROSA ELENA, GUTIÉRREZ BAZAN MANUEL ENRIQUE y GUTIÉRREZ BAZAN FELIPE GUILLERMO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, y titulares de la cédula de identidad N° 4.480.463, 10.369.670, 12.725.358, 12.725.356, 7.912.529, 4.967.610, 4.479.978 y 4.478.546 respectivamente, asistida la solicitante, antes mencionada e identificada, del abogado NOGUERA MORA HÉCTOR JOSÉ, Inpreabogado N° 172.292; sobre las bienhechurías descritas en la solicitud, construidas sobre un área de terreno municipal, que mide doscientos sesenta y cinco metros cuadrados con ochenta y seis centímetros cuadrados (265,86 m2); con un área de construcción que mide cien metros cuadrados con sesenta y cuatro centímetros cuadrado.....