este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; DECRETA las presentes actuaciones TÍTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del ciudadano RAMÓN GUILLERMO SILVA, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho, quién en vida estaba domiciliado en el caserío Guarapo, Parroquia Albarico, municipio San Felipe, estado Yaracuy; y titular de la cédula de identidad Nº 7.512.609; suficientes para asegurarle el derecho, que le corresponde a las ciudadanas MARLENY COROMOTO SILVA ARGUELLO, FANNY MATILDE SILVA ARGUELLO, MARISELA SILVA ARGUELLO, ODALIS JOSEFINA SILVA ARGUELLO, CARMEN JOSEFINA SILVA ARGUELLO y GENESIS MARIAN SILVA ARGUELLO, venezolanas, mayores de edad, hábiles en derecho y titulares de las cédula.....