este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 555 del Código Civil; DECRETA las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO suficientes para asegurar el derecho de propiedad a favor de las ciudadanas PAZ DE LA CRUZ MELEAN RIVAS, MARGARITA COROMOTO MELEAN DE RAMOS, MINERVA MARGARITA MELEAN DE VETRI, JUANA DILCIA MELEAN DE OCHOA Y PETRA RAFAELA MELEAN RIVAS, venezolanas, mayores de edad, y titulares de las cédulas de identidad números 4.481.832, 4.481.263, 3.706.013, 2.572.557 y 2.565.771 respectivamente y los ciudadanos PEDRO SEGUNDO MELEAN RIVAS, EDGARDO RAFAEL MELEAN RIVAS, ABDENAGO DE JESÚS MELEAN RIVAS y EULOGIO LEÓN MELEAN RIVAS, venezolanos, mayores de edad y .....