DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide: Primero: CON LUGAR la demanda de Reclamo por Omisión, Demora o Deficiente Prestación de Servicios Públicos, intentada por el ciudadano FRANCIS RAFAEL SALVATIERRA ESTUDILLO, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho, casado, con domicilio procesal ubicado en la avenida 11 con calles 8 y 9, edificio Yandal, primer piso, oficina N° 01, municipio San Felipe, estado Yaracuy; y titular de la cédula de identidad Nº 4.122.552, y que dio inicio al presente juicio, distinguido con el Nº 2.289-16, contra la OFICINA ADMINISTRATIVA REGIONAL EN EL ESTADO YARACUY DEL INSTITUTO VENEZOLANO DE LOS SEGUROS SOCIALES (I.V.S.S.). Segundo: SE ORDENA a la OFICINA ADMINISTRATIVA DEL .....