este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre, La Trinidad y Arístides Bastidas de La Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO, sobre unas bienhechurías en área de terreno propiedad municipal, ubicada en la calle Nº 2 entre avenida Falcón y Avenida Nº 01 sector Boroboro, Boraure, Municipio La Trinidad del Estado Yaracuy, a favor de los ciudadanos LEIDYS YANIRA VARGAS, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad N° V-16.950.401, y JOSÉ MANUEL ANZOLA CARO, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº V-12.277.890.