PRIMERO: "CON LUGAR" la Inhibición propuesta por la Abogada ELVIRA CHABAREH TABBACK, planteada con ocasión al Recurso de Hecho incoada por las ciudadanas CLARET RUIZ y MAIGUALIDA GUTIERREZ, en contra de la decisión de fecha 28/11/2025 dictada por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta misma Circunscripción Judicial. ASI SE DECIDE.-
SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior, se ordena remitir oficio notificando el presente fallo a la Coordinación Laboral del estado Yaracuy, a los fines realizar los trámites pertinentes para la creación de la ponencia accidental del expediente del recurso de apelación signado con el N° UP11-R-2025-000046. Líbrese Oficio. Cúmplase con lo ordenado.
TERCERO: Asimismo, al haber sido declarada con lugar la inhibición, este sentenciador continuará conociendo de la causa principal distinguida con el N° UP11-R-2025-000046. Una vez quede firme la presente decisión agréguese este expediente al asunto.....