Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Ejecución de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, resuelve EJECUTAR LA SENTENCIA definitivamente firme dictada contra los adolescentes (IDENTIDAD OMITIDA)plenamente identificados, en los términos ya señalados, debiendo los sancionados cumplir simultáneamente, con las medidas de REGLAS DE CONDUCTA y LIBERTAD ASISTIDA, por espacio de UN (1) AÑO, conforme a lo dispuesto en los artículos 620, 622, 624, 626, 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Como consecuencia de la resolución anterior, se fija la audiencia oral y reservada para la imposición del contenido del presente auto de ejecución para el día ..... a las :::::::. Se ordena notificar a las partes y requerir el traslado de los sancionados hasta esta sede judicial. Publíquese, diarícese, regístrese, noti.....