DECISIÓN
Por todas las razones que preceden, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLINA LA COMPETENCIA para seguir conociendo de las presentes actuaciones sobre la ACCIÓN MERO DECLARATIVA, interpuesta por la ciudadana DELIMAR RAMOS BENITEZ, venezolana, mayor de edad, residenciada en la ciudad de Barquisimeto, Estado Lara y titular de la cédula de identidad Nº 15.966.998, en contra de los ciudadanos ALEXANDRE TOMAS DOS SANTOS y EDUARDO TOMAS DOS SANTOS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédula de identidad números 16.950.570 y 16.950.569 al TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, de conformidad con el artículo 453 de la Ley Orgá.....