en consecuencia este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: HOMOLOGAR EL CONVENIMIENTO SUSCRITO ENTRE LAS PARTES EN SUS PROPIOS TERMINOS, impartiéndosele la debida aprobación. Téngase pasado como en sentencia con Autoridad de cosa Juzgada y queda establecido en: TREINTA MIL BOLIVARES (Bs. 30.000,00) SEMANALES, cuota de Obligación Alimentaria, y por concepto utiles escolares la cantidad de CIEN MIL BOLIVARES (Bs.100.000,00), para Aguinaldos en el mes de DICIEMBRE otorgará la cantidad de: DOSCIENTOS CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs. 250.000,00), así como también el padre se compromete a cubrir los gastos correspondientes a medicinas y consultas médicas. Las mismas se incrementaran automáticamente, del mismo modo en que le sea aumentado el sueldo al Obligado Alimentario, de acuerdo a lo establecido en los Artículos 369 y 374 de la Ley Org.....