Homologa el acuerdo suscrito en el presente juicio de COBRO DE BOLIVARES POR INTIMACION, incoada por la ciudadana YARLIT ZAPATA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-7.364.189, representada judicialmente por el abogado ABRAHAM ENRIQUE IBARRA GEORGE, Inpreabogado Nro. 67.749 y asistida por la abogado NELIS ROSALES, Inpreabogado Nro. 10.400, contra la Firma Mercantil Vendemed C.A., Representada legalmente por la ciudadana AURA MARINA SOLARTE DE MORALES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-5.501.157. En consecuencia se homologa la transacción celebrada entre la COOPERATIVA DE SALUD 010 R.L. representada legalmente por el ciudadano LUIS ARONIS DELGADO GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-5.465.187 y judicialmente por el abogado en ejercicio LUCAS HIDALBERTO CALDERON BECERRA, Inpreabogado Nro. 65.581.
Téngase la presente decisión como Sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.....