Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud presentada por el solicitante ciudadano RICARDO JOSÉ PETRAITIS RIVERO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad número 11.525.581,, en su condición de madre de las adolescentes (IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÌCULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCIÒN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES), (gemelas) nacidas en fecha 19 de julio de 2000, en virtud de que el solicitante contraerá matrimonio próximamente, y en consecuencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 110 del Código Civil, se designa CURADORA AD HOC de las adolescentes (IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÌCULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCIÒN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES), (gemelas) nacidas en fecha 19 de julio de 2000, a la ciudadana MAYLEEN DEL CARMEN MOGOLLÓN MORENO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titula.....