declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda de AUMENTO DE OBLIGACION DE MANUTENCION, interpuesta por la ciudadana YESSICA YESENIA MANZANO RIVERO, en representación de su hijo identidad omitida, en contra del ciudadano PEDRO JOSUE LUGO CANELONES, antes identificados.- SEGUNDO: Se condena al demandado PEDRO JOSUE LUGO CANELONES, a aumentar la Pensión de Alimento de su hijo identidad omitida, de QUINIENTOS BOLIVARES (Bs.500,00) mensual a OCHOCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES (Bs. 850,00) mensual; se incluye los Útiles y uniformes Escolares a la cantidad de DOS MIL BOLIVARES (Bs. 2.000,00) en el mes de septiembre de cada año; y Aguinaldos de MIL DOSCIENTOS BOLIVARES (Bs. 1.200,00) en el mes de diciembre de cada año a DOS MIL BOLIVARES (Bs. F 2.000,00), en la primera quincena del mes de diciembre de cada año.
La cantidad fijada por concepto de Pensión de Alimento, es decir Bolívares 850,00 mensual, corresponde al 41,52 % del salario mínimo actual que es de Bs. 2.074,52 mensual, la misma se i.....