este Tribunal de Control Nº 2 de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, "Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley", emite el siguientes pronunciamiento:
Primero: Declara con lugar la Solicitud Fiscal y Califica la aprehensión del adolescente IDENTIDAD OMITIDA, anteriormente identificado, como Flagrante, por su presunta participación en el hecho delictivo imputado por el representante la Fiscal Noveno del Ministerio Publico del Estado Yaracuy, con la calificación jurídica del delito de Hurto Simple, previsto en el articulo 451 del Código Penal, en perjuicio de los ciudadanos Jonathan Miguel Pérez San Martín y Alberth Deivi Granados Rodríguez, de conformidad en los artículos 557 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con el articulo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, por remisión expresa del articulo 537 de la Ley.....