DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Quinto en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta:
A Se acuerda otorgar Libertad Plena conforme a lo establecido en el artículo 243 del Código Orgánico Procesal Penal, a favor del ciudadano FREDDY GERARDO BLANCO ALMERON, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cedula de Identidad Nº 10.504.317, residenciado: Urbanización La Ascensión, Vereda 29, Casa No. 8, San Felipe, Estado Yaracuy, por la presunta comisión del delito de APROPIACION INDEBIDA CALIFICADA, previsto y sancionado en el artículo 470 del Código Pena, B) Se ordenándose la tramitación de la causa por el Procedimiento Penal Ordinario. C) Se ordena Oficiar a los Organismos de Seguridad para que se deje sin efecto la Orden de Captura.