PRIMERO: Se declara procedente la oposición a la partición del inmueble señalado en el escrito libelar el cual consiste a Una casa distinguida con el numero 162, parcela 162, calle 3, del Municipio Cocorote del estado Yaracuy, cuyas características y linderos son: SUR ESTE: una extensión de 8 metros, con la calle 5. NOR OESTE: una extensión de 8 metros con la parcela Nº 179, NOR ESTE: una extensión de 20 metros con la parcela Nº 161 y SUR OESTE: una extensión de 20 metros con la parcela Nº 163, construida sobre un lote de terreno (160 mts), el inmueble consta de tres (3) habitaciones, dos (2) baños, sala- comedor, cocina, de conformidad con el documento protocolizado en fecha 25 de enero del año 2018, ante el Registro Público de los municipios San Felipe, Independencia, Cocorote y Veroes del estado Yaracuy, inscrito bajo el número 2.018.44, asiento registral 1 del inmueble matriculado con el número 462.10.1.1236 y correspondiente al libro de folio real del año 2018, de la cual no const.....