Por las razones antes expuestas, este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la RECTIFICACION DEL ACTA DE MATRIMONIO del ciudadano: "DAVIDE LAVIERI DI BLASI Y DORY DOMINGA MOTA", llevada bajo el Nº 1, Folio 1 y 2 del Libro de la Coordinación de Registro Civil del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, correspondiente al año 1954. En tal sentido que donde aparezcan los siguiente errores sean corregidos de la manera que a continuación se expresa: "DAVIDE LAVIERI DI BLASI", nacido y vecino de la ciudad de Maracay Distrito Girardot del Estado Aragua siendo esto totalmente incorrecto, ya que el prenombrado ciudadano es natural de Italia y nació el 26 de Mayo de 1937 en Genovesse, 32 Messina (ME), segundo: el nombre de la madre del contrayente aparece alterado debido a que la identifican como "PASCUA" siendo lo correcto es: "PA.....