este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial de Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara LA EXTINCIÓN DEL PROCESO de demanda de SEPRACION DE CUERPOS CONTENCIOSA, presentada por el ciudadano: UWALDO FORTUNATO GARCES VENTURA, mayor de edad, venezolana y titular de la Cédula de Identidad Nº 13.503.164, debidamente asistida por la Abogado YASNERIS YECSONARI MUJICA MARIN, INPREABOGADO No. 106.263, contra la ciudadana MARIA VIRGINIA LUCAMBIO PACHECO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 13.696.109 celebrado entre ellos el día 23 de junio de 2.004, realizado por ante la Coordinación de Registro Civil del Municipio Independencia del estado Yaracuy, y SE ORDENA EL ARCHIVO DEL EXPEDIENTE, conforme lo establece el artículo 756 del Código de Procedimiento Civil una vez firme la presente decisión.
Se mantendrán vigentes por un término de tres (.....