El sancionado (IDENTIDAD OMITIDA), ha cumplido la medida de LIBERTAD ASISTIDA, recibiendo asistencia y orientación de las Integrantes del Equipo Técnico adscrito a esta Sección, en las fechas 04/05/06, 06/06/06, 08/11/06, 09/12/06, 18/01/07, 18/05/07, 29/04/08 y 23/07/08; asimismo ha dejado de acatar los llamados del referido ente técnico, en los meses de agosto, septiembre y octubre de 2006 marzo, abril, junio, julio, agosto y septiembre de 2007, y por último, en el mes de julio de 2008; tal como se desprende del contenido del informe de seguimiento N° ETSA/130-09 de fecha 01/04/09; por tanto, se afirma que una vez sumados los periodos de cumplimiento, al día de hoy se ha acatado la medida de Libertad Asistida por el tiempo de Ocho (8) Meses, restando cumplir Diez (10) Meses de sanción.
En atención al resultado que arrojó la práctica del anterior cómputo se ordena la fijación de audiencia oral y reservada a fin de su imposición y oír al sancionado, ya identificado, en cuanto a las.....