DISPOSITIVO
Por los argumentos anteriores, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 2 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: la extinción de la acción penal, conforme el artículo 48, numeral 7° del Código Orgánico Procesal Penal y en consecuencia, conforme los artículos 45 y 318, numeral 3° ejusdem, se decreta el sobreseimiento de la causa seguida al ciudadano JOSÉ FRANCISCO CASTILLO, plenamente identificado, por el delito de Violencia Física, previsto y sancionado en el artículo 5 en concordancia con el artículo 17 de la Ley Sobre la Violencia contra la Mujer y la Familia, actualmente previsto en el artículo 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
Publíquese y regístrese la presente decisión. Cúmplase.
El Juez de Juicio N° 2
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