Por las razones expuestas, este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el Cobro de Honorarios profesionales Judiciales intentado por el Abogado Jorge Luis Mogollón M. contra la ciudadana YENNIS ORLEITSA FIGUEROA DE MUJICA, SIN LUGAR la Oposición propuesta por los Intimados, debidamente asistidos de abogado, todos identificados en autos y se fija el Quinto día de Despacho siguiente a la fecha en que quede firme esta Decisión, para la designación de los Jueces Retasadores.