Regístrese, publíquese y Déjese copia certificada. Se acuerda cuatro (4) juegos de copias certificadas a la parte una vez firme la presente decisión para que surta sus respectivos efectos de Ley.
Devuélvase los recaudos presentados en original a la parte que los produjo, y déjese en su lugar copias certificadas.
Dada, Firmada y Sellada en el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. En San Felipe, a los siete (7) días del mes de junio del año 2021. Años 211° de la Independencia y 162° de la Federación.
La Jueza,
Abg. PILAR COROMOTO VALVERDE MEDINA
La Secretaria,
Abg. ANGÉLICA GIMÉNEZ
En esta misma fecha siendo la 1:36 p.m., se registró y publicó la sentencia anterior. Se cumplió con lo ordenado.
La Secretaria,
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