Decisión
En mérito de las anteriores consideraciones este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR, la solicitud de de Obligación Alimentaria, formulada por la ciudadana: SONMELIA MARISELA FALCON , en contra del Ciudadano: ISMAEL ANTONIO SILVA HEREDIA y en beneficio de los niños:IDENTIDAD OMITIDA, Se fija como Obligación Alimentaria la cantidad de: CIENTO SESENTA MIL BOLIVARES MENSUALES (Bs. 160.000,00) , el cual deberá depositar el demandado de autos, en la cuenta Bancaria N° 010-100-498-9 a nombre de la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, en el CENTRAL BANCO UNIVERSAL, a partir de la segunda quincena del mes de Julio del año en curso, remitiendo inmediatamente a este Despacho el respectivo voucher de deposito, siendo lo asignado equivalente al 29% del salario Actual devengado según oficio rec.....