Por las razones antes expuestas, este Juzgado de los Municipios Urachiche y José Antonio Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la INTERDICCIÓN DEFINITIVA de la ciudadana GLENYS MILAGRO GONZALEZ VILLEGAS, ya identificada, por estar llenos los extremos legales a que se contraen los artículos 393 y 396 del Código Civil en concordancia con el artículo 733 del Código de Procedimiento Civil. SEGUNDO: se designa como tutora interina, a la ciudadana GIZETH LUCIA GONZALEZ, ya identificada, quien es hermana de la entredicha. TERCERO: Se ordena registrar la presente decisión en la oficina de Registro Público respectiva y publicarse, de conformidad con los artículos 414 y 415 del Código Civil. CUARTO: notifíquese a la ciudadana GIZETH LUCIA GONZALEZ, de la designación de derecho recaído sobre su persona, mediante boleta. Líbrese Boleta. QUINTO: Al .....