PARTE DISPOSITIVA
Acto seguido, oídas las exposiciones de las partes, hechas y expuestas las consideraciones referentes al caso ventilado en la audiencia, este Tribunal de primera instancia en lo penal, en funciones de Control Nro. 05, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, emitió los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Calificó la detención en flagrancia al ciudadano RAUL ENRIQUE SOTELDO GONZALEZ, venezolano, de 23 años de edad, titular de la cédula de identidad número: 18.303.079, fecha de nacimiento 10/10/83, natural de Maracay, soltero, estudiante, residenciado en la calle Farriar, con Av. Teolinda Landínez, casa color anaranjada con Beige, a tres casas de un Centro de Internet, Municipio Cocorote, Estado Yaracuy, por la presunta comisión de los delitos de Robo Agravado previsto y sancionado en el art. 458 del Código Penal venezolano y Uso de Adolescente para delinquir, previsto y sancionado en el 264 de la L.....