Por las razones anteriormente explanadas y en virtud de que en la presente causa NO SE PRESENTARON TERCEROS AFECTADOS en la oportunidad concedida en el mismo, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO presentada por la ciudadana ESMERALDA CATALINA RAMBOCK CONTRERAS, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº 7.915.716, representada por la ciudadana STHEFANY CAROLINA HERNÁNDEZ RAMBOCK, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 27.699.090, según poder otorgado por la Notaria Pública de San Felipe, Estado Yaracuy, bajo el Nº 56, Tomo 106, de fecha 31 de agosto de 2017 contra el ciudadano DIEGO ROBERTO CABRERA NADAL, anteriormente identificados y DECLARA LA DISOLUCIÓN DEL VÍN.....