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DISPOSITIVO
Por las razones y consideraciones antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta:
PRIMERO: Se decreta MEDIDA CAUTELAR DE PROTECCIÓN A LA ACTIVIDAD AGRARIA desplegada por la ciudadana ANA BELKIS ALVAREZ ARMAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-7.916.881, dentro de una parte de la superficie del lote de terreno denominado "PUENTE RIO I" ubicado en el Asentamiento Boquerón, vía Quebrada Seca, conocido también con el nombre de Fundo Puente Rio, Jurisdicción del municipio Bolívar del estado Yaracuy, con una superficie de CUARENTA Y TRES HECTÁREAS CON NOVENTA Y UN METROS CUADRADOS (43ha, con 91 m2), cuyos linderos son los siguientes NORTE: Posesión que son o fueron de Florencio Armas y Juan Martín; SUR: Río Aroa y Línea de Ferrocarril Bolívar; ESTE: Lín.....