En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley. DECLARA: A los ciudadanos: DILIA RAMONA PAEZ viuda DE GUEVARA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-3.518.285; AURA THAIS GUEVARA ZAMBRANO, LUISA MIREYA GUEVARA ZAMBRANO, HECTOR RUBEN GUEVARA ZAMBRANO, BEATRIZ ERNESTINA GUEVARA ZAMBRANO e IRIS DIOSMEDE GUEVARA ZAMBRANO