administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA CON LUGAR la solicitud presentada ante el Programa de los Tribunales Móviles del Tribunal Supremo de Justicia, jornada realizada en el Municipio Nirgua del estado Yaracuy por el Ciudadano PABLO JOSE ARTEAGA NIÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-22.311.717, en su carácter de padre y representación del niño (Identidad omitida, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA), nacido el día 26/08/2016, de 8 años de edad, debidamente asistido por el Defensor Publico Provisorio Tercero, Abogado JAVIER BOLIVAR, con competencia en materia Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en virtud que el solicitante contraerá matrimonio próximamente, en consecuencia, y de conformidad con lo establecido .....