declara INADMISIBLE, el juicio de: INTERDICTO DE AMPARO POR PERTURBACION, incoado por los ciudadanos: YALITZA JOSEFINA ACOSTA FREITES, ROSA YURISMIL CASTILLO, CARY LUZ RODRÍGUEZ CAMACHO, YUDI MERCEDES CAMACHO, JUDITH ABELARDO ARMAS, JHONATHAN RAFAEL MARCANO IRAÑES, BELKIS INOCENTE ARMAS, DANNY YAMILET GARCÍA DIAZ y CECILIA YANETH RIOS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-7.589.823, V-10.792.645, V-14.442.113, V-3.458.691, V-5.464.602, V-15.932.216, V-7.557.782, V-14.209.838 y V-10.366.193, respectivamente, de este domicilio y civilmente hábiles, asistidos por el Abogado Pedro José Cárdenas Peña, Inpreabogado No. 101.979, contra la sociedad de comercio INVERSIONES NABELSI, C.A., inscrita por ante el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, anotada bajo el Nº 95, Folios 208 al 215, Tomo 51, de fecha 25 de marzo de 1.991, representada por el ciudadano Franklin Jos.....