: PRIMERO: SUSPENDER la práctica de la medida de embargo preventivo fijada para el día jueves once (11) de Agosto del 2016, ordenada por el Tribunal Comitente Juzgado Primero de Primera Instancia Civil de esta Circunscripción Judicial, acordada en el juicio relativo a Cobro de Bolívares por Intimación seguido por el Abogado Héctor León Escalona González, inscrito en el Ipsa Nº 94.815, en su condición de Endosatario en Procuración del ciudadano León Escalona Corona, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.261.803, de este domicilio, contra el ciudadano Rafael Ignacio Muñoz Goyo, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V.- 4.972.933, de conformidad con lo establecido en la sentencia ut supra señalada en concordancia con lo establecido en la Circular Nº 010495, de fecha 09 de diciembre del año 1999, emanada del extinto Consejo de la Judicatura así como los artículos 11 y 17 del Código de Procedimiento Civil