En fecha once (11) de octubre de 2011, se recibió solicitud de DIVORCIO fundamentada en el artículo 185-A del código civil, interpuesta por el ciudadano WELDON SIMÓN PEÑA PINTO, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad número 10.365.431, en contra de la ciudadana YAXIRA MAGDALENA MORA NOGUERA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 12.077.263. Se admitió la presente demanda el día catorce (14) de octubre de 2011 y se fijó la audiencia de evacuación de pruebas, para el día 1 de febrero de 2011, a las dos de la tarde (2:00 p.m.). En la oportunidad fijada para la celebración de la audiencia de evacuación de pruebas se dejó expresa constancia de la no comparecencia de los ciudadanos WELDON SIMÓN PEÑA PINTO, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad número 10.365.431, ni el demandado ciudadana YAXIRA MAGDALENA MORA NOGUERA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 12.077.263.
Ahora bien, vist.....