Por las razones antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la RECTIFICACION DEL ACTA DE DEFUNCION del ciudadano: "VICENTE MUÑOZ", llevada bajo el Nº 56, por ante la Coordinación de Registro Civil de la Alcaldía del Municipio Bolívar, del Estado Yaracuy, correspondiente al año 2008. En tal sentido de que donde aparezca el siguiente error y sea corregido de la manera que a continuación se expresa: Que al asentar dicha acta de Defunción del padre del solicitante, incurrieron en el error material de colocar lo siguiente: "CON QUIEN PROCREO SIETE HIJOS DE NOMBRES: ALEJANDRO OVIEDO, MANUEL OVIEDO, YOLANDA OVIEDO, ELVIA OVIEDO (EXPONENTE), CESAR OVIEDO, HECTOR RAMON MUÑOZ OVIEDO Y UNO DIFUNTO DE NOMBRE: RAFAEL OVIEDO"..., siendo esto totalmente incorrecto, por cuanto lo cor.....