Que la sancionada, antes identificada, ha cumplido las reglas de conducta que le fueran impuestas como sanción, sometiéndose además a la supervisión, asistencia y orientación de los Integrantes del Equipo Técnico adscrito a esta misma Sección, en los siguientes lapsos de tiempo: a) desde el día 07/08/06 al 07/11/06 (fecha de interrupción); b) desde el día 06/02/07 al 07/03/07 (fecha de interrupción), c) desde el día 04/10/07 al 04/12/07 (fecha de interrupción); y por último, desde el día 02/03/09 y a la presente fecha; en los cuales recibió orientación social, familiar y psicológica tal como se desprende de los informes de seguimiento remitidos a este Ejecutor anexos a los oficios Nos. ETSA/005-07, ETSA/440-08 y ETSA/118-09 de fechas 19/01/07, 18/11/08 y 10/03/09, respectivamente, dando cumplimiento a las medidas de Libertad Asistida y Reglas de Conducta por espacio de SEIS (6) MESES Y QUINCE (15) DÍAS, y por tanto le resta cumplir CINCO (5) MESES Y QUINCE (15) DÍAS de la sanción de R.....