este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, de conformidad con lo establecido en los artículos 772 y 774 del Código de Procedimiento Civil y artículo 153 de la Ley Orgánica de Registro Civil, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y actuando por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR LA SOLICITUD DE RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE NACIMIENTO, presentada por la ciudadana OMAIRA SILVA DE RÍOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 3.911.544, de este domicilio, representada por la abogada en ejercicio HILDA DEL VALLE ANZOLA GONZÁLEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.010.116, e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 154.112. En consecuencia, se RECTIFICA EL ACTA DE NACIMIENTO, signada con el Nº 194, Folio 03, del año 1952, suscrita .....