la defunción del ciudadano: JUAN JOSÉ DOMINGUEZ DOMINGUEZ , y su relación paterno filial con la ciudadana: MARIACELIA MERCEDES DEL VALLE DOMINGUEZ LÓPEZ, solicitante, así como con los ciudadanos: ARANIR MERCEDES DEL VALLE DOMINGUEZ LÒPEZ y JUAN JOSÉ DOMINGUEZ BRITO, mencionados en la solicitud, lo que aunado a las declaraciones de los testigos ciudadanos: JORGE FRANCISCO MENDOZA ESCALONA y FATIMA RAJAB RAJAB de las características de autos, evacuadas por ante este Tribunal y en las cuales éstas son contestes en afirmar que conocen a la solicitante: MARIACELIA MERCEDES DEL VALLE DOMINGUEZ LÓPEZ; y que ésta y los ciudadanos: ARANIR MERCEDES DEL VALLE DOMINGUEZ LÒPEZ y JUAN JOSÉ DOMINGUEZ BRITO, son los únicos y universales herederos del finado: JUAN JOSÉ DOMINGUEZ DOMINGUEZ, sin observarse en ellas causales de inhabilitación, ni en sus deposiciones ninguna contradicción, razón por la cual se declaran dichas testimoniales, como bastantes, para acreditarle a la ciudadana: MARIACELIA M.....