ESTE TRIBUNAL DE CONTROL N° 4, "ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY" ESTE JUZGADO PASA A DECIDIR: PRIMERO: Se admite totalmente la Acusación presentada por la Fiscal Auxiliar Décima del Ministerio Publico de esta Circunscripción Judicial en contra de los Acusados: acusados ANTONIO JULIAN SEGURA FREYTES, venezolano, de 37 Años de Edad, Obrero, Titular de la Cédula de Identidad N° 7.913.882, y residenciado en la segunda calle Carabobo del sector del Barrio Aire Libre del Municipio Nirgua del Estado Yaracuy y ALEXIS CARMELO TORREALBA MORILLO, Venezolano, de 51 Años de Edad, Titular de la Cédula de Identidad N° 4.133.025, Obrero, Residenciado en el Barrio Aire Libre en la Segunda Calle Carabobo del Municipio Nirgua del estado Yaracuy, por la comisión del delito: HURTO AGRAVADO, previsto y sancionado en el Articulo 455 Ordinal 8° del Código Penal, vigente para el momento en que ocurrieron los hechos en perjuicio del Estado .....