este Tribunal actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor de los ciudadanos ANA GRACIELA PIÑA, RAYBERT JOSE ARIAS PIÑA, RONALD VASQUEZ PIÑA Y RAYCELITH GABRIELA VASQUEZ PIÑA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros.V-7.906.356, V-20.178.284, V-20.178.401 y V-20.464.522