este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, IMPARTE SU APROBACIÓN Y HOMOLOGA CONVENIMIENTO DE PAGO efectuado por la Sociedad Mercantil INVERSIONES DADJE, C.A., inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, en fecha 30 de Octubre del año 2.006, bajo el Nº 46, Tomo 313-A, representada por los ciudadanos ELIUD ULRICH GUEDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad numero V-12.280.912, en su carácter de Gerente General y JENNY EMPERATRIZ SEGOVIA DE ULRICH, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad numero V-12.083.749, en su carácter de Gerente de Operaciones, en su condición de parte demandada, asistidos por el Abogado Juan Carlos Sánchez Atencio, inscrito en el Inpreabogado con el N° 51......